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En la reunión anual de Alcaldes de las Ciudades de Alta Concentración de Extranjeros conformados por 18 ciudades donde habitan gran cantidad de latinoamericanos, principalmente brasileños y peruanos nikkei, realizado en Yokkaichi (Prefectura de Mie) el pasado mes de abril, además de discutir e intercambiar ideas sobre cómo mejorar la integración de los extranjeros con la sociedad local, de cómo evitar o frenar la desescolarización, de dismunuir la morosidad en el pago de los impuestos locales y las cuotas del seguro nacional de salud, etc., han discutido y elevado una solicitud al gobierno nacional para que se evalúe la firma de un Tratado de Extradicción de Criminales con países como Brasil y Perú.
Las razones que argumentan es el aumento de delitos y delincuentes provocados por nacionales de dichos países y que se dan a la fuga, retornan a su país, para evitar las investigaciones policiales de Japón y posterior procesamiento judicial. Los alcaldes muestran disguto porque se trata de accidentes de tránsito, robos a mano armada y asesinatos que han dejado víctimas mortales. Hubo casos de accidentes automovilísticos que no han asistido a los heridos y por ese abandono se agravó la herida y han quedado con secuelas de mayor gravedad.
Además, los autores de estos imperdonables hechos suelen conducir vehículos en estado irregular, sin la debida constancia de control mecánico (shaken) ni licencia de conducir, y a veces adquiridos a agencias que trafican vehículos dados de baja. Obviamente, en cualquier caso, no están asegurados. Para evitar el pago de indemnizaciones y la posterior acusación penal en los tribunales de Japón se dan a la fuga, generalmente al país de origen.
Por el momento el Japón tiene firmado tratados de extradicción con los Estados Unidos y Korea del Sur en donde al menos en éste último país contempla la entrega mutua de delincuentes de delitos contemplados en ambos países bajo las condiciones acordadas, las razones en que pueden negar la extradicción y en caso de negarlo de procesarlo en el país donde está "refugiado" el delincuente buscado. Si bien no han sido muchos los casos que han sido extraditados, cuando se trata de asesinatos o muerte por negligencia (como es el caso de los accidentes de tránsito) es bastante viable cotejar las pruebas y acordar las condiciones de entrega porque se trata de delitos graves que aunque difieran de sistema judicial son delitos bien tipificados.
Lamentablemente en el caso de Brasil la misma Constitución tiene establecido la no extradicción de sus ciudadanos por lo que es casi imposible firmar un tratado de esta naturaleza. A este efecto, las autoridades japonesas no tienen más alternativa que reclamar por la vía correspondiente al organismo competente o a los familiares del buscado para que voluntariamente retornen al Japón y se entreguen a la policía.
Y la otra alternativa, menos eficaz pero necesaria para que los connacionales honrados que trabajan y viven en el Japón puedan mantener su credibilidad y confianza ante los japoneses, es colaborar con las autoridades japoneses en la búsqueda de estos delincuentes, pero más que nada de ir concientizando a toda la comunidad de no colaborar ni encubrir los hechos delictivos, por lo que sería muy importante por empezar a no comprar objetos robados, a no adquirir ni conducir autos usados sin papeles o documentos fraguados, etc.
La exigencia del Departamento de Migraciones de tener que presentar el Certificado de Antecedentes Penales para renovar ciertos visados es parte de una serie de medidas para controlar la entrada y salida de delincuentes con prontuario.
Extranjeros en Japón: 2.011.555 personas (dic. 2005)
PERSONAS POR NACIONALIDAD |
POR PREFECTURA |
| Corea (del Sur y del Norte) |
598.687 |
Tokio: |
348.225 |
| China |
519.561 |
Osaka: |
211.394 |
| Brasil: |
302.080 |
Aichi: |
194.648 |
| Filipinas |
187.261 |
Kanagawa: |
150.430 |
| Perú |
57.728 |
Saitama |
104.286 |
| Estados Unidos |
49.390 |
Hyogo: |
101.496 |
Delitos tipificados en el Código Penal y en Leyes Específicas (Migrac.,Drogas, Prostitución)
| Año / Nacionalidad |
Total Extranj. |
Brasileños |
Peruanos |
| 1995 |
17.213/ 7.161 |
1.503(318)/ 42(40) |
1.170(386)/ 238(186) |
| 1996 |
19.513/ 7.901 |
979(304)/ 44(36) |
1.098(310)/ 258(202) |
| 1997 |
21.670/ 10.369 |
1.202(347)/129(106) |
990(264)/ 230(185) |
| 1998 |
21.689/ 10.090 |
3.278(536)/ 114(98) |
1.023(255)/ 255(216) |
| 1999 |
25.135/ 9.263 |
5.110(658)/ 132(114) |
1.250(263)/ 188(152) |
| 2000 |
22.947/ 8.024 |
3.273(682)/ 227(173) |
482(261)/ 212(171) |
2001 |
18.199/ 9.564 |
3.457(958)/ 309(223) |
425(326)/ 195(156) |
| 2002 |
24.258/10.488 |
4.967(952)/ 305(234) |
436(327)/ 230(192) |
| 2003 |
27.258/13.357 |
4.520(1005)/299(219) |
620(364)/ 257(209) |
| 2004 |
32.087/15.041 |
7.001(1116)/280(206) |
631(344)/ 284(232) |
| 2005 |
33.041/14.833 |
6.808(1.066)/372(234) |
812(367)/ 265(213) |
+Lo que está entre paréntesis es el número de arrestados y luego procesados, aunque los que han violado la Ley de Migraciones no todos son procesados penalmente en los tribunales sino que son deportados.
+Lo que está en la primera columna es el número de casos por haber delinquido en algún hecho tipificado en el Código Penal y (/) los casos por leyes específicas. El total de casos acumulados en los últimos 10 años son 379.095 casos donde fueron detenidos y procesados más de 170.000 extranjeros.
+En éstos últimos tres años se observa un aumento preocupante de casos de tráfico de droga de los turcos que superan los 6.000 casos anual pero que apenas registra una veintena de detenidos solamente. Paralelamente a este aumento se nota un aumento de casos de droga en los brasileños, que al parecer los turcos son los proveedores.
+Otro dato alarmante es que los colombianos están registrando un aumento de robos y demás casos de violación al código penal con más de 1.000 a 1.500 casos anual y apenas 101 detenidos.
MUSASHI Nº 52, Mayo-Agosto de 2006.
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