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En principio, no hay ninguna legislación que lo prohiba. Lo que sí establece es que solamente las clínicas de maternidad (sanfujinka) autorizadas pueden realizar las operaciones de aborto. En la entrada de la clínica debe figurar una placa que señale esa autorización (yusei hogoho shitei).
Las personas que han tenido un embarazo no deseado o forzado y decidan optar por esta alternativa deben seguir las instrucciones del médico y realizar los preparativos de la operación. Si el estado de embarazo supera el tercer mes es muy posible que el médico no acepte la operación.
Antes de la operación se requiere firmar un Constancia de Acuerdo (doisho) de la mujer y de una persona acompañante que puede ser un familiar, amigo/a o la misma pareja, en calidad de testigo.
El costo total puede oscilar de entre 100.000 a 150.000 yenes. No hay ningún seguro de salud que cubra estos costos.
Más allá de un problema de conciencia o creencia religiosa, en Japón se practica en forma abierta el aborto (al año se estima unos 400.000 abortos). Está por de más señalar que los abortos en la clandestinidad son penados por ley y sujetos a infecciones o negligencias por la falta de higiene y equipamientos adecuados.
Para evitar este tipo de medidas y momentos de suma incertidumbre y dolor, se recomienda que la pareja adopte una planificación familiar adecuada y tome las medidas preventivas de embarazo o control de natalidad. Recién el año pasado se ha admitido el uso de las píldoras anticonceptivas recetadas por el ginecólogo.
(MUSASHI N 4, Mayo de 2000)
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