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Ultimamente se observa entre los trabajadores latinos algunos casos en que se independizan como "trabajadores particulares" para realizar tareas de carpintería, albañilería, instalaciones eléctricas, etc. , después de trabajar muchos años en la construcción civil y de viviendas. Entre los japoneses, también es usual que se independicen y presten sus servicios a sus ex-empleadores, siempre y cuando demuestren idoneidad, experiencia y obtención de licencias en el manejo de maquinarias, equipos e instalaciones especiales.
Desde el momento que se independizan, aunque sigan cobrando como antes, lo correcto es que ese "trabajador" se declare ante la Oficina de Impuestos (zeimusho) como empresa particular, o sea, "kojin jigyo", a fin de facturar, deducir gastos, pagar salarios a sus propios empleados, asegurarse y asegurar a sus empleados, poner un nombre comercial a su actividad, etc. La realidad es que en el sector de la construcción, a pesar de las directivas y resoluciones ministeriales, surgen innumerables problemas de pago por estas sub-contrataciones (las constructoras de renombre son las que ganan las licitaciones, pero éstas son las que subcontratan a cientos de empresas para que realicen la obra). Los "trabajadores particulares" son en realidad "empresarios particulares" y por lo tanto, aunque sigan cobrando más o menos como antes, ya no pueden estar asegurados como empleados de la empresa donde estaban trabajando. Es por eso que deben asegurarse por sí mismo y asegurar a sus empleados para asumir los riesgos de cualquier eventualidad. Si ocurre un accidente de trabajo entre sus empleados, ya no es responsabilidad de la empresa cliente a quien presta sus servicios sino del "empresario particular".
Como muchos habrán podido apreciar, en las grandes obras de construcción civil y de complejos habitacionales existen innumerables empresas que ofrecen sus servicios y realizan solamente la tarea asignada o contratada. En estos casos, el "trabajador particular" suele ser el último eslabón de esa cadena de sub-contrataciones. Por eso que es indispensable que se informen debidamente con su ex-empleador o empresa contratante para evitar problemas.
Según una normativa de la ley laboral, ciertas profesiones particulares como chofer de taxi o camión de transporte, carpintero especializado (en calidad de "hitori oyakata"), pescador, etc. pueden asegurarse en forma extraordinaria (tokubetsu kanyu) al seguro de accidente de trabajo (rosai hoken), aunque no al seguro de desempleo. No hay que olvidar que, aunque sigan en una relación de dependencia en la contratación, el independizarse implica asumir riesgos propios y asumir responsabilidades patronales.
(MUSASHI N 26, Marzo de 2002)
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